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Decretan Devolución de Aportes Fonavi: Proceso, Beneficiarios y Fechas

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Fonavistas
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El Ejecutivo anunció un decreto supremo que detalla la normativa para el reembolso a los exaportantes al Fonavi, con el desembolso a los beneficiarios programado a partir del 20 de diciembre.

En una acción liderada por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), el Gobierno dio a conocer el reglamento correspondiente a la ley que facilita la devolución de los aportes al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi). La formalización de esta medida se realizó a través del Decreto Supremo Nº 280-2023-EF, publicado en el Boletín de Normas Legales del Diario El Peruano. El documento lleva las firmas de la presidenta Dina Boluarte, el primer ministro Alberto Otárola y el titular del MEF, Alex Contreras.

Tras la reglamentación, la Comisión Ad Hoc emitirá, en un plazo no superior a 30 días hábiles, los Certificados de Reconocimiento de Aportaciones y Derechos del Fonavista. La espera de esta información llevó a cientos de adultos mayores a la Secretaría Técnica del Fonavi en el jirón Carabaya, buscando verificar su situación. Uno de los aportantes expresó su indignación ante la demora, mencionando que inicialmente se les informó para el 14 de diciembre y ahora se pospone hasta febrero.

El primer desembolso a los aportantes del Grupo N°1 está programado para el 20 de diciembre.

¿Quiénes son considerados beneficiarios?

El Decreto Supremo define a los beneficiarios del Fonavi como personas naturales que contribuyeron al fondo en calidad de trabajadores, registrados en el Padrón Nacional de fonavistas elaborado por la Comisión Ad Hoc. En caso de fallecimiento del fonavista beneficiario, los deudos también son considerados beneficiarios. Estos fonavistas pueden gestionar o cobrar la devolución de aportes a través de representantes debidamente autorizados mediante Carta Poder con firma legalizada notarialmente o mediante escritura pública.

La devolución de los aportes se llevará a cabo a través del Banco de la Nación, según lo especificado en la reglamentación publicada. El fonavista deberá presentar los documentos solicitados por la entidad financiera para proceder con el cobro, lo que incluye la posibilidad de abono en cuenta.

Además, se proporciona una página para verificar la inclusión en el padrón de beneficiarios. Aquellos que no estén seguros de ser beneficiarios pueden ingresar al enlace del Padrón Nacional, donde deben ingresar los datos del fonavista, incluido el DNI, carnet de extranjería, carnet de fuerzas policiales o carnet de las fuerzas armadas, ya que se solicitará el número de documento.

Este proceso marca un hito importante en la devolución de aportes del Fonavi, proporcionando claridad sobre los pasos a seguir, los beneficiarios elegibles y las fechas clave a tener en cuenta.


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