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Todo sobre la CTS y cómo aprovechar al máximo su libre disponibilidad hasta el 2023

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Retiro CTS
Retiro CTS

En este artículo, profundizaremos en los detalles esenciales relacionados con la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), enfocándonos especialmente en la normativa vigente para el retiro de la CTS que excede a cuatro sueldos. Además, exploraremos la infracción grave asociada con el incumplimiento del depósito de la CTS dentro de los plazos establecidos.

Hoy en día, los trabajadores tienen la oportunidad de retirar el 100% de sus depósitos CTS.

¿Hasta cuándo podrán aprovechar esta libertad?

La Ley 31480 ha otorgado a los trabajadores la posibilidad única, hasta el 31 de diciembre de 2023, de disponer libremente del 100% de los depósitos CTS acumulados en las entidades financieras hasta la fecha de disposición.

Claves Importantes sobre la CTS:

  1. Cálculo según el Tipo de Empresa: El monto de la CTS varía según el tipo de empresa y el tiempo laborado en el periodo semestral. Para medianas y grandes empresas, se considera el 50% del sueldo de abril de 2023 y un sexto de la gratificación de diciembre de 2022 si se ha trabajado el semestre completo. Para pequeñas empresas, la regla general se aplica, pero con variaciones según su registro en el Remype. En el caso de microempresas, se aplican reglas similares según su inscripción en el Remype.
  2. Trabajadores con Menos de un Mes de Servicio: Aquellos con menos de un mes de servicio al 30 de abril de 2023 no tienen derecho al depósito de la CTS que vence el 15 de mayo. Sin embargo, los días laborados se acumulan para el semestre mayo 2023-octubre 2023, con el depósito de la CTS acumulada hasta el 15 de noviembre de este año.
  3. Libre Disponibilidad del 100% de la CTS: Hasta el 31 de diciembre de 2023, los trabajadores tienen la autorización de disponer del 100% de sus depósitos CTS acumulados.
  4. Retiro de la CTS que Excede a Cuatro Sueldos: La Ley 30334 permite a los trabajadores retirar el exceso de cuatro sueldos de su CTS. Se requiere una comunicación escrita al empleador especificando la entidad financiera donde se encuentra la CTS y el monto de libre disposición.
  5. No Tienen Derecho a CTS: Según la ley, aquellos que trabajan menos de cuatro horas diarias, perciben el 30% o más de las tarifas del público, y otros casos específicos, no tienen derecho a este beneficio.
  6. Casos de Embargo y Retención: Los depósitos de la CTS pueden ser embargados hasta el 50% en casos de deudas por alimentos. Es importante señalar que la CTS se deposita obligatoriamente en el banco elegido por el trabajador, incluso en casos de embargo judicial por deudas de alimentos.
  7. Multas por No Depositar la CTS: No cumplir con el depósito de la CTS en el plazo establecido se considera una infracción grave. La Sunafil puede imponer multas diferenciadas para micro, pequeña, mediana y grandes empresas. Además, no entregar la hoja de liquidación a tiempo conlleva una multa adicional.

Proyecto de Ley en el Congreso:

Finalmente, es relevante destacar que hay un proyecto de ley en el Congreso que propone extender la libre disposición de la CTS hasta el 2025. Estaremos atentos para conocer el desarrollo de esta propuesta congresal.


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